Esta sección refiere al vínculo que existe entre TECHO Internacional con los TECHO países, entendido desde la existencia de un TECHO global que se vincula con cada Asociado (país) a través de una serie de normas y reglas establecidas en la Política de Entidades Asociadas.
¿Qué es ser una Entidad Asociada?
Fundación TECHO Internacional se constituye en 2017 con el objeto de impulsar, coordinar y facilitar el desarrollo y cumplimiento de la agenda programática que determinen en conjunto y de tiempo en tiempo las Entidades Asociadas. Asimismo, el propósito de la constitución de TECHO Internacional es tener una institucionalidad global común bajo la cual TECHO, en su más amplia interpretación, pueda actuar coordinadamente en el cumplimiento de sus fines.
En este sentido, cada una de las personas jurídicas sin fines de lucro denominadas “Un Techo Para Mi País”, es decir, cada TECHO país, es una entidad asociada a TECHO Internacional. Los términos y condiciones del vínculo entre TECHO Internacional y cada Entidad Asociada se rige por la Política de Entidades Asociadas y sus anexos:
ANEXO A - Estatutos
ANEXO B – Manual para Asociación
ANEXO C – Política de Órganos de Gestión (no aplica más).
ANEXO D – Manual de Marca
ANEXO E – Manual de Comunicaciones en Crisis
ANEXO F – Política del Proyecto Financiero de Fortalecimiento Institucional
Política de Entidades Asociadas: documento que estructura la relación de TECHO Internacional con los países (Asociados).
Manual de incorporación a TECHO Internacional: documento donde se establece el proceso paso a paso de incorporación de una entidad asociada (país) a TECHO Internacional.
Presentaciones claves:
¿Cuáles son los deberes como Entidad Asociada?
TECHO-Internacional y todas las Entidades Asociadas deben aportar en la superación de la pobreza en los asentamientos informales y formar referentes ciudadanos mediante el vínculo entre los voluntarios y pobladores de los asentamientos.
En particular, las entidades asociadas tendrán los siguientes deberes:
Adaptación de sus documentos constitutivos:
Las Entidades Asociadas estarán obligadas a incorporar y mantener en el objeto/objetivo/fines de sus estatutos o documentos constitutivos, según corresponda, los propósitos globales de TECHO, esto es:
● Superar la situación de pobreza en que viven millones de personas en los asentamientos informales.
● Formar jóvenes voluntarios a través del vínculo con los pobladores de las comunidades.
Asimismo, deberán hacer y mantener todas las demás incorporaciones y modificaciones que se requieren en el Manual de Asociación.
Órganos de Administración de las Entidades Asociadas:
Los Órganos de Administración de las entidades asociadas (sean estos directorios, asambleas, consejos administrativos, junta directiva, administradores, etc), deberán actuar siempre con formalidad, transparencia y regularidad. Para ello deberán aprobar una agenda anual de reuniones, llevar un registro con las actas de reuniones de dichos órganos, enviarlas a quienes corresponda mantener informados y aprobar un listado con los derechos y deberes de los miembros que esté a disposición de los mismos.
Participación en la Administración de las Entidades Asociadas
TECHO-Internacional participará en los Órganos de Administración Locales teniendo derecho a elegir al menos uno de los miembros permanentes de dicho órgano. Ello se recogerá en los estatutos de cada Entidad Asociada según se describe en el Manual de Asociación.
Del mismo modo, TECHO-Internacional deberá aprobar los demás nombres propuestos para la integración del Órgano de Administración Local respectivo. El rechazo de los candidatos debe ser justificado.
La presencia de TECHO-Internacional en los Órganos de Administración Locales asegura el alineamiento institucional global garantizando que el órgano máximo de gestión local actúe en conformidad con la misión, visión y valores de TECHO.
El representante de TECHO-Internacional en el Órgano de Administración Local tendrá voto dirimente en caso de empate. Además, se requerirá siempre su voto para la aprobación de las materias fundamentales especificadas en el punto 3.3.2. de la Política.
Pago de la Cuota de Participación:
Las Entidades Asociadas deberán contribuir con una cuota de participación de carácter anual. El valor será definido por el Directorio de TECHO-Internacional, en la última reunión del año inmediatamente anterior a la vigencia de la cuota. El uso y goce de los beneficios como Entidad Asociada está directamente vinculado al cumplimento de las fechas de pago y montos acordados.
Deberes sobre el modelo de trabajo:
● Ejecutar el modelo de trabajo con calidad, agilidad, siendo concretos en el tiempo y creativos para encontrar soluciones.
● Reconocer que la situación de los asentamientos informales es urgente, actuando siempre con rapidez y con el fin de alcanzar el mayor número de familias y asentamientos, siempre asegurando estar en donde más se necesita..
● Presentar los indicadores del modelo de trabajo definido en la planificación.
● Implementar los proyectos que definan con TECHO-Internacional, en tiempo y forma acordados.
●Manejar y presentar periódicamente los resultados de la intervención de TECHO en el país, relacionados preferentemente, pero no exclusivamente, con: voluntarios movilizados, voluntariado fijo, viviendas construidas, proyectos comunitarios, proyectos de infraestructura, espacios formativos, catastros, mesas de trabajo o cualquier información de los asentamientos.
● Ejecutar el modelo de trabajo, de acuerdo con los principios del modelo de trabajo en comunidades: masividad, corresponsabilidad, participación, transparencia y sostenibilidad.
Propiedad Intelectual de TECHO:
● Las Entidades Asociadas tienen la responsabilidad de velar por el buen uso de la marca TECHO.
●Toda comunicación debe ser hecha siguiendo la misión, visión y valores de TECHO, pudiendo TECHO-Internacional exigir la suspensión de una campaña o de una comunicación que no atienda a esos principios.
● Las Campañas desarrolladas por las Entidades Asociadas deben seguir los Manuales Institucionales.
● Cumplir con las reglas sobre asociación de marca de terceros definidas por TECHO-Internacional.
● Los medios de comunicación digitales son centralizados por TECHO-Internacional. Siendo así, las Entidades Asociadas deben cumplir con las reglas sobre manejo de medios digitales definidos por TECHO-Internacional.
● Las Entidades asociadas no podrán registrar marcas TECHO, sin la expresa aprobación de TECHO-Internacional. En cualquier caso, todas las marcas TECHO deberán siempre registrarse a nombre de TECHO-Internacional.
● Las Entidades Asociadas deben seguir los procedimientos determinados en el Manual de Crisis Comunicacional que se adjunta como Anexo E a las presentes Políticas y que se entiende forman parte integrante de las mismas.
Deberes de Buen Gobierno:
● Tener las altas direcciones (Director Social, Gerente General, Director Ejecutivo, Director General) de las Entidades Asociadas seleccionadas y/o aprobadas por TECHO-Internacional mediante el voto afirmativo del representante de TECHO-Internacional en el Organismo de Administración Local.
● Las altas direcciones solamente pueden ser desvinculadas por el voto favorable del representante de TECHO Internacional. El mismo puede determinar la desvinculación de las altas direcciones unilateralmente, debiendo para tanto oir los demás miembros del Directorio.
● Los administradores de las Entidades Asociadas deben tener poderes según los lineamientos institucionales sobre poderes. El Directorio a proposición del Director Ejecutivo deberá aprobar una Política de Poderes Global que formará parte de estas Políticas.
● Tener y mantener las certificaciones necesarias para ser una organización de interés social.
● Formalizar y registrar todas las alianzas con terceros, sean ellas por cooperación, donación, pro bono y/o cualquier otra naturaleza que genere derechos y deberes entre las partes.
● Cumplir con las normativas fiscales, en especial las leyes antilavado de dinero, anticorrupción y de donaciones.
● Cumplir con las normativas laborales, teniendo todos sus contratados debidamente legalizados, con el pago de todos los derechos laborales correspondientes.
● Someter la propuesta de apertura o cierre de sedes a la aprobación de la Oficina Internacional.
● No constituir nueva persona jurídica sin la aprobación expresa de TECHO-Internacional.
● Cumplir con las normas locales de protección de datos en todas las informaciones que maneja localmente, así como cualquier política implementada por TECHO sobre el tema.
● La Oficina Internacional puede tener oficinas regionales o cargos descentralizados en cualquier país, en esos casos las Entidades Asociadas deberán recibir a tales contratados, debiendo cumplir con los acuerdos realizados entre TECHO-Internacional y la Entidad Asociada.
● Las Entidades Asociadas deberán velar por las mejores prácticas de Buen Gobierno definidas por TECHO-Internacional, siempre comprometidas con la transparencia y la formalización de la institución a nivel local, regional y global.
Deberes respecto de alianzas, redes, fondos locales, regionales e internacionales:
● Formalizar las alianzas realizadas.
● Cumplir en tiempo y forma con los acuerdos de rendición de cuentas de las alianzas globales que acepten ser parte.
● Solicitar a TECHO-Internacional autorización para vincularse a redes regionales o globales y postular a fondos regionales y/o globales, para garantizar el máximo provecho de las oportunidades no locales.
●Coordinar con la Oficina Internacional o las Oficinas de Financiamiento cualquier alianza local que pueda convertirse en regional o global.
● Coordinar con TECHO-Internacional o las Oficinas de Financiamiento postulaciones a fondos internacionales que sean facultados a más de un país.
Deberes respecto de comunicación global y encuentros:
● Cuando sea necesario, contribuir financieramente para el desarrollo de un encuentro regional.
● Mantener comunicación asertiva y directa con TECHO-Internacional.
●Presentar periódicamente los indicadores solicitados, en el formato y/o plataforma que defina TECHO-Internacional.
● Cumplir con los acuerdos hechos con TECHO-Internacional para recibir un encuentro regional o global.
● Compartir aprendizajes de las buenas y malas prácticas vividas localmente.
Deberes sobre espacios locales, regionales e internacionales de incidencia:
TECHO-Internacional posee la facultad de representación de todas las Entidades Asociadas en dichas instancias.
● TECHO-Internacional así como las Entidades Asociadas solamente podrán participar de espacios de incidencia que aporten al propósito, misión, visión y valores de TECHO-Internacional.
Deberes sobre Capacitación, Seguimiento, Herramientas, sistemas y planificación:
● Garantizar la participación de los roles nacionales en los espacios de capacitación y/o intercambio organizados por TECHO-Internacional.
● Implementar y utilizar de forma adecuada todos los sistemas de gestión o de información que sean definidos como institucionales.
● Las Entidades Asociadas podrán utilizar sistemas paralelos a los institucionales, sin la previa aprobación de TECHO-Internacional.
● Seguir el proceso de planificación a largo plazo propuesto por TECHO-Internacional.
● Presentar su planificación anual a TECHO-Internacional para su aprobación.
● Presentar periódicamente los indicadores solicitados, en el formato y/o plataforma que defina TECHO-Internacional.
Deberes Financieros:
● Contribuir con la cuota anual de asociados, según la sección 3.4 de esta Política.
● Cumplir con toda la normativa local contable y fiscal.
● Tener Estados Financieros anuales revisados por un contador externo y por TECHO-Internacional, presentados frente a los organismos públicos que corresponda según la ley local.
● Presentar cada trimestre, o cuando la misma se requiera por parte de TECHO-Internacional o sus representantes, la situación financiera con una proyección de 6 meses.
● Deberán tener balance y estados financieros al día, y proyección de ingreso y egresos semestral. Se valora que las Entidades Asociadas tengan auditoría interna y/o externa, contable y/o fiscal.
● Cumplir con los estándares de rendición globales de TECHO-Internacional.
● Entregar a TECHO-Internacional toda información o documento solicitado.
● Recibir auditoria interna de TECHO-Internacional cuando éste lo juzgue necesario, debiendo la Entidad Asociada poner a disposición todos los documentos solicitados por TECHO-Internacional.
● TECHO-Internacional posee la potestad de intervenir en la gestión y operación de las Entidades Asociadas que presente indicadores globales tendentes a una mala gestión.
¿Cuáles son los derechos como Entidad Asociada?
Derechos sobre el modelo de trabajo:
● Ser periódicamente capacitada y acompañada en la implementación y ejecución del modelo de trabajo.
● Tener acceso y ser capacitada en todas las herramientas desarrolladas por la Oficina Internacional, según la capacidad de TECHO-Internacional.
● Solicitar la implementación de los proyectos disponibles por TECHO-Internacional, según la capacidad de TECHO-Internacional.
● Evaluar y solicitar mejoras en las herramientas provistas por TECHO-Internacional.
● Adaptar el modelo de trabajo y sus herramientas al contexto local.
● Proponer nuevas herramientas o mejorar las existentes, coordinado ello con TECHO-Internacional, para la mejor ejecución, fácil implementación y seguimiento del modelo de trabajo.
● Solicitar visita del área especialista de TECHO-Internacional al país para apoyar en algún tema específico.
Derechos sobre propiedad intelectual TECHO:
● Las Entidades Asociadas tienen el derecho de usar las Marcas y Dominios TECHO según los lineamientos globales institucionales, determinados en el Manual de Marca que se adjunta como Anexo D a las presentes Políticas y que se entiende forman parte integrante de las mismas.
● Tienen el derecho de tener las marcas TECHO debidamente registradas en su país a nombre de TECHO-Internacional, siendo obligación de la Oficina Internacional monitorearlas, renovarlas y aplicar cualquier medida judicial necesaria para asegurar la propiedad intelectual de la Marca. Para el pleno ejercicio de ese derecho puede solicitarse que la Entidad Asociada interesada aporte financieramente al proceso.
● Solicitar a TECHO-Internacional el registro de alguna marca.
● Tienen el derecho de participar del desarrollo de las campañas institucionales globales.
● Acceder a una página web con dominio único a todos los países.
Derechos de Buen Gobierno:
● Definir el tipo de persona jurídica que tendrán, así como las certificaciones nacionales que gozan, siempre cumpliendo con el requisito de ser una organización no gubernamental, apartidaria y de interés social.
● Elegir libremente su equipo de contratados, pudiendo solicitar apoyo en el análisis técnico del perfil al área correspondiente de la Oficina Internacional.
● Administrar libremente la Entidad Asociada, cumpliendo con el objeto, misión, visión y valores de TECHO.
● Los Órganos de Administración Locales tienen la facultad de hacer recomendaciones y solicitudes al Directorio Internacional. Las solicitudes al Directorio deben ser presentada por escrito al Director Ejecutivo o directamente al Presidente del Directorio que tendrán por obligación sumar la temática en la reunión consecutiva a la solicitud.
● Proponer candidatos para ser miembro del Directorio Internacional.
● Seleccionar los candidatos del Organismo de Administración Local, que deberá ser aprobado por TECHO-Internacional.
● Definir periodicidad, seguimiento y gestión de los Órganos de Administración Locales.
● Planificar, constituir y gestionar Consejos Asesores locales.
Derechos respecto de alianzas, redes, fondos locales, regionales e internacionales:
● Ser beneficiarias de alianzas regionales o globales.
● Aceptar o no la propuesta de alianza global aplicada a su país.
● Prospectar y desarrollar alianzas locales. Las Entidades Asociadas tienen libertad de asociarse con cualquier organización local (empresa, gobierno, OSC y etc), cumpliendo con los principios de la legalidad y la transparencia, en pro de lograr el propósito de TECHO.
● Asociarse o vincularse a cualquier red local que aporte en nuestro propósito.
● Prospectar y desarrollar alianzas regionales o globales, que aporten a nuestro propósito, previamente aprobadas por TECHO-Internacional.
● Asociarse o vincularse a cualquier red regional, internacional o global, previamente aprobada por TECHO-Internacional.
● Recibir donaciones captadas por las Oficinas de Financiamiento, directa o indirectamente, bajo las bases, concursos, programas o políticas que desarrolle TECHO-Internacional.
● Postular libremente a cualquier fondo, privado o público, de alcance local.
● Postular a cualquier fondo, público o privado, de alcance regional o internacional mediante la coordinación y aprobación de TECHO-Internacional y/o las Oficinas de Financiamiento.
Derechos respecto de comunicación global y encuentros:
● Ser invitado a participar de todos los encuentros que promueva TECHO-Internacional.
● Definir mediante decisión colectiva y democrática el local y año de los encuentros regionales.
● Postular para recibir un encuentro regional.
● En caso de ser sede de un encuentro, ser parte integral de la toma de decisiones referentes al encuentro.
● Ser parte de la organización de los encuentros regionales de TECHO.
● Participar de los encuentros que requieran toma de decisiones institucionales, como por ejemplo, asamblea de asociados, encuentro de directores generales y cualquier encuentros de contratados.
● Recibir periódicamente rendición de cuentas de TECHO-Internacional y/o la Oficina de Financiamiento.
● Recibir comunicación periódica de los proyectos regionales y/o globales.
● Solicitar a TECHO-Internacional o a la Oficina de Financiamiento informaciones financieras, operativas y/o estratégicas de las mismas.
● Solicitar a TECHO-Internacional información específica de alguna Entidad Asociada o de algún proyecto regional y/o global.
● Recibir la planificación anual de TECHO-Internacional y la rendición de cuentas de la misma.
Derechos sobre espacios locales, regionales e internacionales de incidencia:
● Participar de cualquier espacio de incidencia a nivel local.
● Participar de los eventos de incidencia que TECHO-Internacional invite.
● Ser representada por TECHO-Internacional en eventos de incidencia local, regional o global.
● Representar a TECHO en eventos de incidencias locales.
● Representar a TECHO en eventos de incidencias regionales y/o globales mediante aprobación de la Oficina Internacional.
Derechos sobre Capacitación, Seguimiento, Herramientas, sistemas y planificación:
● Ser capacitado, acompañando y evaluar toda y cualquier política, proceso y/o herramienta institucional.
● Sugerir herramientas a ser implementadas.
● Tener licencia, ser capacitado y usar todos los sistemas desarrollados o contratados por TECHO-Internacional, conforme a la disponibilidad y la estrategia global.
● Participar de la definición de cuáles sistemas serán definidos como globales y de uso obligatorio.
● Definir en conjunto con TECHO-Internacional costos, tiempo y forma de la implementación, seguimiento, monitoreo y evaluación de los sistemas utilizados.
● Cuando sea necesario las Entidades Asociadas puede proponer adaptaciones a los documentos institucionales a nivel local para adecuarse al contexto local, siempre coordinado y mediante la aprobación de TECHO-Internacional.
● Proponer estándares globales de gestión.
● Se comprometen a implementar, gerenciar, cumplir y evaluar todas las Políticas definidas como Políticas Institucionales Globales.
Derechos Financieros:
● Postular a los fondos financieros de TECHO-Internacional.
● Ser parte del comité que define el destino de los fondos financieros de TECHO-Internacional.
● Recibir donaciones de las Oficinas de Financiamiento, debiendo por tanto cumplir con las reglas de las mismas sobre formalidad, gestión de los fondos, rendición de cuentas y mínimos de los proyectos.
● Solicitar y recibir apoyo directo de TECHO-Internacional en la gestión de fondos y personas en caso de inestabilidad financiera, pudiendo solicitar préstamos financieros.
● Solicitar apoyo directo de TECHO-Internacional, tanto de gestión como financiero, en caso de Emergencia o Calamidad Pública.
● Además, las Entidades Asociadas podrán exigir información financiera de TECHO-Internacional y la Oficina de Financiamiento sobre el destino de las donaciones y recaudaciones gestionadas a nombre de los países.